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Editorial| Prisión preventiva oficiosa en stand by

Prisión preventiva oficiosa en stand by

Suena fuerte, pero quién sabe si lo es. El subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Ricardo Mejía Berdeja, asegura que de eliminarse la prisión preventiva oficiosa, “se abrirá la puerta de la cárcel a 92 mil presuntos delincuentes relacionados con delitos como secuestro, narcotráfico y feminicidio”.

En los hechos, nunca se ha presentado un desglose de las personas sujetas a esa medida cautelar. Por ejemplo, el uso de programas sociales con fines electorales, como lo vimos en las elecciones de 2021, o el ejercicio abusivo de funciones, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud, como sucedió con la negativa de pruebas masivas de Covid en la pandemia o las quimioterapias a los menores con cáncer.

Toda la semana, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha dicho de todo a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que dejen la PPO como ésta. Porque aunque paguen justos por pecadores, la medida se usa también como arma política. El caso emblemático es el de la ex secretaria del Bienestar, Rosario Robles, que pasó tres años en prisión sin recibir sentencia.

Ayer por la mañana, el Ejecutivo federal dio la puntilla final: sería “una chicanada” del Poder Judicial eliminar esa medida cautelar.

La presión sobre la SCJN obligó al ministro ponente, Luis María Aguilar, retirar su proyecto para plantear una nueva propuesta en la que converjan los puntos de vista de quienes ven la prisión preventiva oficiosa como violatoria de derechos humanos, y quienes no.

E hizo el ministro Aguilar aclaraciones pertinentes: no se propuso la invalidez del artículo 19 constitucional ni “quitarle hojas a la norma constitucional” y con ello buscar vulnerar la Carta Magna.

“Insisto y reitero, como ya lo hice desde mi primera intervención, que de ninguna forma y bajo ninguna interpretación, la interpretación constitucional que propuse significaría la desaparición de la prisión preventiva y la liberación inmediata de las personas que actualmente están en prisión preventiva oficiosa”.

Además, el proyecto “no afirma o propone que serán únicamente los operadores los que decidirán cada caso. Lo que se propuso es activar el mecanismo de revisión de medidas cautelares, previsto expresamente en el Código Nacional de Procedimientos Penales”.

Por su parte, la ministra Norma Lucía Piña Hernández retiró en la misma sesión de ayer, su proyecto sobre el amparo en revisión 355/2021 mediante el cual se buscaba amparar a Brandon Alexis Flores, ‘El Junior, hermano del líder La Unión Tepito, con miras a que un juez de control revise sus medidas cautelares y, con base en ello, se determine si es o no necesario que lleve su proceso en la cárcel.

Rosario Robles quedó en libertad el viernes 19 de agosto en la noche, luego de que un juez de control modificaba sus medidas cautelares, y a pesar de que desde 2019 la Fiscalía General de la República peleara jurídicamente para que no le fuera retirada la prisión preventiva ante un supuesto riesgo de fuga. Dos casos que ejemplifican, el uso de la PPO.

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