Por: Marco Antonio Aguilar Cortés
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con todos sus tribunales, tiene el legal y debido sustento, conforme a los artículos del 103 al 107 de nuestra Carta Magna y su Ley de Amparo, para analizar la constitucionalidad, o la inconstitucionalidad, a la reforma al Poder Judicial Federal (PJF), cometida por el ejecutivo federal, y por el supuesto Congreso Constituyente Permanente (CCP), violadores de nuestra norma jurídica fundamental.
Convocado por el presidente de la república para esa tarea, ese ejecutivo y ese CCP transgredieron a la Constitución, afectando derechos humanos garantidos, y vulnerando severamente a la parte
dogmática y a la orgánica de esos preceptos constitucionales. Así, la presidente Claudia Sheinbaum se equivoca, totalmente, al decir que “los ocho ministros de la SCJN saben que lo que están
haciendo está mal porque ya fue aprobada y publicada esa reforma”. Sí, el supuesto Congreso Constituyente Permanente ya aprobó dicha reforma, y el poder ejecutivo ya la publicó en el Diario Oficial de la Federación; y justo, por eso, ahora le toca al Pleno de la SCJN revisar la constitucionalidad, o la inconstitucionalidad, de esa reforma judicial, a petición de todos los quejosos que, con interés legítimo, soliciten la protección o amparo requerido.
La SCJN es competente para admitir demandas, y juzgar en el caso, con su facultad de atracción.
Los que han demandado son los quejosos. El CCP es la autoridad responsable, junto con el titular del Poder Ejecutivo, promotor de la iniciativa, y transgresor de todo ese procedimiento.
Este vínculo procesal debe entenderlo la ciudadana presidente Claudia Sheinbaum, y con actitud responsable defender, en cada juicio, el interés jurídico que representa.
Ahora, ese Pleno de la SCJN debe cumplir profesionalmente con sus atribuciones constitucionales de manera imparcial, gratuita, completa, pronta, sin discriminar a ninguna de las partes, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, reparando (si las hubiese, ¡que sí las hay!) las violaciones a los derechos humanos, en los términos legales que correspondan.
Los ministros de la SCJN con su capacidad jurídica, honestidad, sensible inteligencia, deben probar, además, que bajo las togas también las gallinas ponen, y que son totalmente ajenos a la soberbia,
en virtud a su servidumbre. Dos ministras que exhiben frecuentemente sus deficiencias en el campo del derecho (Batres, y Esquivel), afirmaron que esa decisión de la SCJN “es un golpe de Estado”, cuando apenas están admitiendo el caso, y cuando un golpe de Estado sólo lo puede dar el jefe de Estado
que, en México, es el presidente de la república.
Si hubiese, en la especie, golpe de Estado, sería el presidente y el CCP los golpistas, al generar esa reforma al PJF; por eso, ni siquiera la presidenta Sheinbaum aceptó esa torpe frase, señalando: “Yo digo más bien que es un golpe aguado, no un golpe de Estado… Yo supongo que ellos están provocando para ver cuál es nuestra reacción, queriendo parar la transformación, que es una decisión del pueblo de México… Y los jueces, magistrados y ministros son privilegiados; y nosotros somos demócratas”.
En esas afirmaciones de la presidenta Sheinbaum se denotan, otra vez, varios extravíos.
La decisión revisora es del Pleno de la SCJN, no de ocho ministros, ¡es de todo el pleno!
Ese resolutivo de la SCJN no es producto de provocadores; es un acuerdo fundado y motivado en nuestra Constitución y en la Ley de Amparo, por un poder que en sus atribuciones ejerce soberanía.
Es mentira que el pueblo de México haya votado a favor de esa reforma judicial; ya que ésta, en sus términos actuales, es claramente impopular.
Sí, los jueces, los magistrados y los ministros son privilegiados; empero, son más privilegiados la presidenta Sheinbaum y los integrantes del CCP. ¡Demócratas, demócratas, demócratas!, ninguno.
Además, tenemos la confesión y hecho notorio del presidente de la república, cuando ante el país explicó como intervino para elegir él a su sucesora, inconstitucionalmente, y cómo controló los principios y la
eficacia, respecto a un senador pelele, para ganar la votación en el senado con ese voto lleno de la peor de las porquerías del ejecutivo federal y del CCP.
Nuestra Carta Magna debe interpretarse e integrarse en su conjunto, y a la luz de los principios que ella misma erige. Los artículos constitucionales 39, 135, y el 136, no le permiten a un CCP, que en tiempo y modo estuvo inconstitucionalmente integrado, trastornar en forma pública a nuestras instituciones, para establecer un gobierno alterado y modificado en su estructura constitucional, contrariando los
principios de nuestra norma jurídica fundamental.
Tampoco se debe admitir que ese inconstitucional CCP viole los derechos humanos garantidos de una persona, sea quien sea ésta; cuanto más si los quejosos son decenas de miles.
Se equivoca quien piense que todo lo humano es perfecto: lo humano es perfectible. Nuestra presidente Sheinbaum y nuestro Congreso Constituyente Permanente son humanos, y han violado nuestra constitución; y, para esos casos, está la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para amparar y proteger a los quejosos. Remodelar al capricho, al antojo y chifladura, de un presidente al Poder Judicial Federal, ¡NO!
Mejorar a los tres poderes de la Unión, para que sirvan con mayor calidad y eficacia a los mexicanos, ¡SÍ! Háganse ya reformas a los tres Poderes de la Unión; sin prisas, pero sin pausas.