InvestigacionesJunio 2023
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Aguas subterráneas sin ley

Pese a que constituyen un 70 por ciento del abastecimiento de agua para cubrir las necesidades básicas en México y que al mismo tiempo representan el 97 por ciento del recurso disponible

Por: Rosalinda Cabrera Cruz

Pese a que constituyen un 70 por ciento del abastecimiento de agua para cubrir las necesidades básicas en México y que al mismo tiempo representan el 97 por ciento del recurso disponible, las aguas subterráneas del país carecen de una reglamentación que corresponda al interés nacional en su aprovechamiento y cuidado; la ley actual no ha sido modificada desde su creación en 1912 y en ella no se contempla el contenido que existe en el país de agua subterránea.

Hasta ahora, se ha privilegiado con el vital líquido a industrias como la refresquera, la automotriz y la minera, lo que ha traído graves consecuencias para la nación, consideran investigadores y especialistas de diversas áreas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Desde hace más de una década, cuando se elevaron a rango constitucional los derechos humanos al acceso al agua y saneamiento en México, el Congreso de la Unión ha sido incapaz de aprobar la Ley General de Aguas, lo que impide regular el líquido de manera eficiente y equitativa, y hace urgente que se tomen acciones para evitar una crisis hídrica en los próximos años.

Lo anterior fue advertido también por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), en su más reciente estudio “México necesita modernizar su legislación de aguas”, publicado el 21 de marzo de este año.

Subrayan que “el primer eslabón es modernizar la legislación para adaptarla a la nueva realidad, donde se modernicen las concesiones, su monitoreo y vigilancia, así como las necesidades presupuestales y mecanismos de financiamiento para la infraestructura hídrica”. La falta de una normativa que regule las aguas del país es un problema con el que México carga desde hace más de una década a pesar de las necesidades hídricas de la población, al creciente número de sequías y al cambio climático.

Una larga historia

Fue en febrero de 2012 cuando se elevaron a rango constitucional los derechos humanos al acceso al agua y saneamiento en México mediante la reforma del párrafo sexto del artículo 4° constitucional. No obstante, después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y del plazo concedido de 360 días para la expedición de una nueva Ley General de Aguas que sustituiría a la Ley de Aguas Nacionales de 1992, su aprobación aún está pendiente en el Congreso de la Unión.

Desde entonces, se han presentado 14 iniciativas para la nueva Ley General de Aguas, sin que ninguna logre salir adelante debido a la falta de capacidad de los legisladores de las distintas bancadas para generar acuerdos.

En enero de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa al no emitir la Ley General de Aguas y ordenó tanto a los diputados como a los senadores a expedirla antes de agosto de 2024, cuando termina la actual legislatura.

“En sesión del Tribunal Pleno se determinó que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa de carácter absoluto en competencias de ejercicio obligatorio, al no haber emitido la Ley General de Aguas a que se refiere el artículo 4°, párrafo sexto, de la Constitución general, en relación con el tercer transitorio del decreto que dio origen a dicha disposición, publicado el 8 de febrero de 2012.

“Dicha omisión vulnera las atribuciones constitucionales en materia de aguas, pues afecta la participación en el acceso y uso sustentable de los recursos hídricos y la facultad de proveer a la población los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado y disposición de aguas residuales”, informó el Máximo Tribunal en su comunicado número No. 024/2022; además, la reforma “no incluye un esquema claro de gestión para el agua subterránea”.

Advierten los especialistas que lo que se pretende es dar continuidad a las reformas estructurales que impulsa el gobierno federal por “la privatización de la infraestructura, la entrega de concesiones a perpetuidad, la autorización de los trasvases, así como la entrega de grandes volúmenes de agua subterránea para actividades altamente contaminantes, como el fracking y la minería”.

Con la actual ley en vigor, México se enfrenta a 20 demandas internacionales de inversionistas, 11 de ellas relativas al tema del uso del agua, elemento que refleja que “no hay un ordenamiento estricto en la materia”, como ya lo hacen otros países al aplicar normas de protección en sus aguas subterráneas.

Un grupo multidisciplinario de científicos, integrado por Carmen Carmona, Joel Carrillo, Rafael Huizar y Gonzalo Hatch, todos ellos del Centro de Investigaciones en Geografía Ambiental del Campus Morelia de la UNAM, han hecho hincapié en que no se puede hablar en la actualidad de pérdidas en volúmenes hídricos de las aguas subterráneas, puesto que no hay un estudio que delimite claramente su dimensión o su uso, lo que lógicamente deviene en una anarquía plena en su usufructo.

Un problema claro es el de los pozos, porque ahora “cualquiera puede abrirlos, dado que no hay regulación sobre ellos ni quien lo controle, así que no se sabe cuántos pozos existen en el país” (aunque la Comisión Nacional del Agua es el organismo que debería tener a su cargo esta tarea de conteo), al igual que se desconoce la calidad del agua que se extrae de esta forma.

Pero lo que sí existe son las consecuencias, pues son notorios los efectos inmediatos en la población a causa de la evidente contaminación que está relacionada con el consumo de alimentos o bien materiales pesados como el arsénico o el flúor, cuyo depósito a aguas subterráneas ha sido reiteradamente denunciado por investigadores de la Universidad Michoacana.

Algunos de los efectos, incluso, son aún más graves, pues se puede ver que las plantas de tratamiento de aguas son inservibles y no hay un control en las descargas que impactan directamente al subsuelo, al igual que estimaron que en términos generales, el agua que consumimos en México es cada vez más cara y de mala calidad.

La actual reforma a la Ley de Aguas se circunscribe en un marco donde en materia presupuestaria se recortan recursos a la Comisión Nacional del Agua y la secretaría del Medio Ambiente, al igual que “nadie está viendo lo que está pasando” con el uso del recurso, situación que incluso permea en la falta de investigadores y especialistas.

Cabe destacar que los investigadores que al respecto hicieron la denuncia, son parte del grupo que redactó el trabajo “Ley del Agua Subterránea: una propuesta” en 2017 y que fue planteada a las comisiones encargadas de analizar la iniciativa de reforma a la Ley de Aguas en la cámara de diputados, donde se les planteó anexarlo como “un capítulo”, cuando lo que formulan es ya todo un ordenamiento legal que en 98 artículos, dos títulos, 11 capítulos y 8 transitorios, y busca el “reconocimiento de la importancia del funcionamiento sistémico de los flujos de agua en el subsuelo a través de un enfoque de protección y conservación ambiental”.

Los investigadores presentaron este trabajo en marzo del 2017 al diputado federal Ignacio Pichardo Lechuga, impulsor de la reforma federal que busca, para los investigadores de la UNAM, beneficiar a industrias altamente contaminantes y con grandes volúmenes extractivos, citando como ejemplo el caso de Michoacán, donde la industria aguacatera requiere de altas necesidades de agua, además de riesgos como el fracking y sin dejar de considerar efectos del cambio climático que no se pueden precisar como impactos en el recurso porque no se han investigado.

Sobre la mesa del debate

El 17 de febrero de 2017, académicos de diferentes instituciones de la Universidad Nacional Autónoma de México realizaron en el Centro de Investigaciones en Geografía Ambiental del campus Morelia de la UNAM el taller de presentación y análisis de la propuesta de iniciativa constitucional “Ley del Agua Subterránea”.

En ese momento, destacaron que la importancia de este taller radicaba en el interés que tuvieron los académicos al revisar la Ley General de Aguas que se publicó en la gaceta parlamentaria del 05 de marzo del 2015 en la Cámara de Diputados (No. 4228-II) conocida como “Ley Korenfeld”, a partir de la cual, los investigadores consideraron que existieron conceptos que olvidaron el Derecho Humano al Agua consagrado en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El énfasis principal se hizo en la falta del Estado para garantizar este derecho y propiciar una participación ciudadana para conseguir dichos fines. De acuerdo con el planteamiento presentado, también hubo artículos fuera de lógica que propiciarían la falta de acceso al agua potable como sinónimo de bienestar y paz social, condiciones propias de un país democrático.

Lo anterior promovió la movilización y reclamo ciudadano, de ONG’s, y del debate que caracteriza al sector académico. Los temas que desataron mayor descontento social se relacionaron con la permisividad para contaminar las fuentes de agua, la falta de claridad en una administración y gestión del agua por el Estado, la carencia de interés por el agua subterránea que incluye la transfronteriza o los llamados acuíferos transfronterizos.

A esto se sumó también la prohibición de realizar estudios en materia de agua, a menos de contar con permiso de la Conagua so pena de multa por un monto a establecerse en el reglamento correspondiente.

Considerando lo anterior, el grupo de académicos universitarios proveniente de diversas disciplinas, como hidrogeología, geografía y derecho, se propuso la tarea de plantear un marco regulatorio de gestión institucional del agua subterránea de acuerdo con el conjunto de investigaciones científicas efectuadas en el mundo y en México durante los últimos 50 años, proponiendo un marco adecuado de gestión, uso y protección de un elemento del ambiente tan sensible como lo es el agua subterránea.

De esta manera, uno de los objetivos de este documento fue hacer llegar una propuesta sólida en materia de regulación, lo que podría servir como referencia inicial a quienes se interesen en el tema y a los tomadores de decisiones en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Se debe destacar que el documento “Ley del Agua Subterránea” presentado a los representantes de la sociedad constituyó un primer diseño en materia de regulación jurídica e institucional del 97 por ciento del agua presente en México: la subterránea.

De acuerdo con los investigadores, gracias a las aportaciones de la hidrogeología moderna, así como de avances científicos y precedentes jurídicos en materia de regulación de agua subterránea de las últimas cinco décadas, ha sido posible formular una primera propuesta de ley en materia de agua subterránea, muy completa, en los más de 200 años del México independiente.

Pero los daños existen

Como siempre ha ocurrido y a pesar de las advertencias de los especialistas, en Morelia, colonias al poniente de la capital michoacana, presentan altos índices de contaminación por metales pesados en el consumo de agua doméstica, derivado de los vertederos de basura al aire libre que continúan contaminando los mantos freáticos, debido a la presencia de lixiviados, según se destaca en investigaciones de la Universidad Michoacana.

En un estudio realizado por el Instituto de Investigaciones Metalúrgicas de la UMSNH, se dio a conocer que la presencia de lixiviados afecta ya a los 25 municipios que forman parte de la cuenca del lago de Cuitzeo, el cual sufre los estragos por el exceso de aguas contaminadas que recibe.

En la cuenca de Cuitzeo habitan más de un millón de personas y es la zona de mayor desarrollo industrial del estado de Michoacán. A pesar de ello, la mayoría de los municipios que integran la cuenca requieren apoyo gubernamental por sus altos índices de pobreza y marginación, cuya economía está sustentada principalmente en la pesca y la agricultura en escala menor.

No obstante, debido a los bajos recursos económicos, la generación de residuos rebasa la capacidad de los ayuntamientos para depositar de forma adecuada los residuos sólidos, destaca el estudio. La propuesta de los investigadores ha sido que se plantee una política intermunicipal para atender la problemática, toda vez que sólo en el 2008, se detectaron más de 150 vertederos clandestinos en las cercanías de tenencias y caminos rurales, lo cual a la fecha está agravando el problema.

En el caso de Morelia, los investigadores han detectado vertidos industriales y hospitalarios, en tanto que en el relleno sanitario de la capital se tiene detectada la emisión de gases, en ocasiones tóxicos, como metano y lixina, generados en las 34 hectáreas del tiradero.

El problema de contaminación del agua es a tal grado, que en la región de Morelia-Capula, en donde se concentran grandes conjuntos habitacionales como Villa Magna, La Hacienda, Del Bosque, La Maestranza, Villas de la Loma, Villas del Pedregal y Las Garzas (en donde se calcula una población cercana a las 200 mil personas), se ha detectado la presencia de metales altamente tóxicos, como Manganeso, Hierro, Arsénico, Cobre, Cadmio y Plomo.

En una serie de investigaciones que en los últimos 15 años han realizado los académicos del Instituto de Investigaciones Metalúrgicas en la cuenca de Cuitzeo, que forma parte de la macro-cuenca del Lerma, se da cuenta de lo que se ha agravado el problema de lixiviados por los tiraderos de basura al aire libre, algo que se está convirtiendo en un grave caso para la salud humana y la afectación ambiental.

La investigación nicolaita señala que la generación de residuos sólidos en todos los municipios que conforman la cuenca es muy similar y se integra por plásticos y empaques; en un recorrido efectuado por este medio, la mayoría de los tiraderos denotan la mezcla de residuos domésticos con los clínicos, además del escurrimiento de lixiviados hacia cuerpos de agua superficiales y subterráneas, como son los casos de los tiraderos de Zinapécuaro y Morelia.

Por otra parte, de los 23 mantos acuíferos que se encuentran en Michoacán, 5 de ellos presentan ya déficit en cuanto a disponibilidad de agua, según fue reportado por la Conagua; según sus datos, Michoacán muestra una importante y delicada condición en cuanto a sus aguas subterráneas; la mayoría de los acuíferos tienen estatus de “disponibilidad de agua”, pero ya se tienen algunos acuíferos con déficit, como el Morelia-Queréndaro, Pastor Ortiz-La Piedad, Briseñas-Yurécuaro, Ciudad Hidalgo-Tuxpan y La Piedad, coincidiendo todos ellos con localidades de gran población.

La preocupación de los investigadores ante este panorama es real y tangible; sin embargo, tal parece que es una situación que poco interesa a quienes toman las decisiones, puesto que para muchos de ellos “poderoso caballero es Don Dinero”.

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